Con motivo del recurso interpuesto por el federado y candidato por el estamento de Deportistas de la circunscripción de Andalucía D. Santiago Eduardo (Jacobo) Cestino Castilla, contra los acuerdos adoptados por esta Junta Electoral el pasado día 9 de febrero, se acuerda, por unanimidad, lo siguiente:
PRIMERO.- En cumplimiento del párrafo segundo del artículo 64 del Reglamento Electoral 2012, esta Junta Electoral remitirá la correspondiente comunicación expresiva de la interposición del recurso, con indicación de la fecha de presentación, identidad del recurrente, y acto recurrido al Tribunal Administrativo del Deporte.
SEGUNDO.- En cumplimiento del párrafo tercero del mismo artículo 64 del Reglamento Electoral 2012, esta Junta Electoral, dentro del plazo correspondiente, acuerda dar traslado del recurso interpuesto por D. Santiago Eduardo (Jacobo) Cestino Castilla a todos aquellos cuyos derechos o intereses legítimos pudieran resultar afectados por su eventual estimación, esto es:
1.- A los otros candidatos por el estamento de Deportistas de la circunscripción de Andalucía; (i) D. Andrés Guerrero González y (ii) D. Antonio Vergara Pérez.
2.- A los federados del Censo por Andalucía mediante su publicación en la sección correspondiente de la página Web de la RFEG.
A todos ellos, se les concede un plazo de dos días hábiles, para que formulen las alegaciones que consideren procedentes.
TERCERO.- Finalmente, en cumplimiento del párrafo cuarto del referido artículo 64 del Reglamento Electoral 2012, esta Junta Electoral, una vez cumplimentado el trámite de audiencia antes referido y en el plazo máximo de otros dos días hábiles, elevará el recurso al Tribunal Administrativo del Deporte, junto con el expediente original, las alegaciones presentadas por los interesados, y su propio informe.
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