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A partir del 1 de enero de 2022, la Agencia Mundial Antidopaje va a prohibir el uso de glucocorticoides por cualquier vía inyectable. Este cambio supone que se considerarán PROHIBIDAS todas las vías inyectables de administración.
Estas vías incluyen: intravenosa, intramuscular, periarticular, intraarticular, peritendinosa, intratendinosa, epidural, intratecal, intrabursal, intralesional (p.e. intraqueloidea), intradérmica y subcutánea.
Las vías de administración oral incluyen: mucosa oral, bucal, gingival y sublingual. La vía del canal dentario no está prohibida.
Otras vías de administración (incluyendo la tópica: inhalada, intranasal, oftalmológica, perianal y dérmica), no están prohibidas cuando se usan según las dosis e indicaciones terapéuticas indicadas por el fabricante.
Si eres un Deportista incluido en el Grupo de Seguimiento Individualizado, deberás pedir, en su caso, una Autorización de Uso Terapéutico.
Si no perteneces a ningún Grupo de Seguimiento, podrías necesitar solicitar una Autorización de Uso Terapéutico con carácter retroactivo. En cualquier caso, como siempre, hay que declarar cualquier medicación al pasar un control antidopaje, y conservar la documentación.
Documento oficial más abajo, en el apartado de Enlaces relacionados.