Amonestaciones públicas a los comités de competición de Miraflores Golf e Isla Canela Golf

Amonestaciones públicas a los comités de competición de Miraflores Golf e Isla Canela Golf

03/01/2011

Amonestaciones públicas a los comités de competición de Miraflores Golf e Isla Canela Golf

A tenor de lo dispuesto en el artículo 97.2 de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf, se procede a imponer la sanción…

A tenor de lo dispuesto en el artículo 97.2 de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf, se procede a imponer la sanción de AMONESTACIÓN PUBLICA, prevista en el artículo 22.1 del Real Decreto 1591/1992 de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva, al los miembros del Comité de Competición de Miraflores Golf a fecha a fecha 18 de junio de 2010, que se publicará, durante 15 días naturales, en los tablones de anuncio de:

– La Real Federación Andaluza de Golf – al ser esta la Federación Autonómica correspondiente al club donde se cometió la infracción -,

– Miraflores Golf – al ser este el club en donde se cometió la infracción – y,

– La Real Federación Española de Golf, además de en su página web.

Tras la incoación del oportuno procedimiento disciplinario, el Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Golf, en su sesión del pasado 14 de diciembre de 2010, consideró acreditado que los hechos ocurridos en la mencionada instalación deportiva eran constitutivos de una infracción muy grave específica de los miembros directivos de las entidades de la organización deportiva al haberse procesado en competición celebrada el 18 de junio de 2010, una serie de vueltas ficticias.

Asimismo, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 97.2 de los Estatutos de la Real Federación Española de Golf, se procede a imponer la sanción de AMONESTACIÓN PUBLICA, prevista en el artículo 22.1 del Real Decreto 1591/1992 de 23 de diciembre, sobre Disciplina Deportiva, al los miembros del Comité de Competición de Isla Canela Golf a fecha 12 de mayo de 2010, que se publicará, durante 15 días naturales, en los tablones de anuncio de:

– La Real Federación Andaluza de Golf – al ser esta la Federación Autonómica correspondiente al club donde se cometió la infracción -,

– Isla Canela Golf – al ser este el club en donde se cometió la infracción – y,

– La Real Federación Española de Golf, además de en su página web.

Tras la incoación del oportuno procedimiento disciplinario, el Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Española de Golf, en su sesión del pasado 14 de diciembre de 2010, consideró acreditado que los hechos ocurridos en la mencionada instalación deportiva eran constitutivos de una infracción muy grave específica de los miembros directivos de las entidades de la organización deportiva al haberse procesado en competición celebrada el 12 de mayo de 2010, una serie de vueltas ficticias.

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