En cumplimiento de la resolución dictada por el Comité Español de Disciplina Deportiva el 27 de junio de 2011, que ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por los miembros del Comité de Competición del Real Aero Club de Vigo a fecha entre 18 de abril y 1 de junio de 2010, que ha rebajado la calificación de la conducta de la sanción impuesta por el Comité de Disciplina Deportiva de esta RFEG por acuerdo del 15 de febrero del presente año, de infracción muy grave a la infracción grave que se encuentra tipificada en la letra q) del artículo 94 de los Estatutos de esta Nacional, se publicará la presente durante 15 días naturales, en los tablones de anuncio de:
– La Federación Gallega de Golf – al ser esta la Federación Autonómica correspondiente al club donde se cometió la infracción -,
– Real Aero Club de Vigo – al ser este el club en donde se cometió la infracción – y,
– La Real Federación Española de Golf, además de en su página web.
La referida resolución del Comité Español de Disciplina Deportiva, es definitiva y pone fin a la vía administrativa.